20 | 04 | 2024
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IES La Granja
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Formulario de acceso

ESCOLARIZACIÓN 2024/25 Documentación para solicitar plaza

 

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CURSO 2024/25 - E.S.O. Y BACHILLERATO

LOS ALUMNOS QUE PROCEDAN DE LOS COLEGIOS NTRA. SRA. DE LATAS, MARINA DE CUDEYO,

C.R.A. PEÑA CABARGA Y TRASMIERA NO TIENEN QUE SOLICITAR PLAZA PUESTO QUE YA LA TIENEN RESERVADA.

ESTE PROCEDIMIENTO SÓLO AFECTA A LOS ALUMNOS QUE PROCEDAN DE OTROS CENTROS EDUCATIVOS

SOLICITUD DE ADMISION

1.  PLAZOS Y FECHAS:

-         PLAZO ORDINARIO DE SOLICITUDES: DIAS LECTIVOS  del 29 de abril al 10 de mayo. En principio presentación presencial en nuestra Secretaría o a través de la plataforma YEDRA

 

EL HORARIO DE ATENCIÓN AL PÚBLICO SERÁ EXCLUSIVAMENTE DE 9.00 A 14.00 HORAS.

La documentación añadida a la solicitud que falte y que no se haya podido aportar se hará llegar al Centro al correo electrónico correctamente escaneada y legible:    Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.

 

-       31 de MAYO a partir de las 14.00 horas: Se publicarán las listas provisionales de admitidos y no admitidos en educantabria.es, en el apartado de ESCOLARIZACIÓN --- Proceso ORDINARIO DE ADMISIÓN.

-         Reclamaciones y renuncias: HASTA EL 5 de junio 

-         Publicación de las listas definitivas:  14 de junio

-         Los alumnos admitidos deben matricularse en JULIO (cada curso tiene un día de matrícula, publicaremos en el apartado MATRICULAS  las fechas concretas).

SÓLO SE PUEDE PRESENTAR LA SOLICITUD EN EL CENTRO QUE SE ESCOJA EN 1ª OPCION.

PLAZO EXTRAORDINARIO. Procedimiento que establece la Consejería de Educación, una vez haya transcurrido el plazo ordinario, en todo caso ya no se podrán presentar solicitudes en el Centro educativo sino en la Consejería de Educación dierectamente.

2.  DOCUMENTACION OBLIGATORIA:

-         Solicitud de admisión (impreso que entregamos en Secretaría desde el 12 de abril o bien se descarga de EDUCANTABRIA-INFORMACIÓN GENERAL-Escolarización-- Proceso Ordinario de Admisión)

-         Fotocopia del Libro de familia (páginas donde figuran los padres y el alumno).

-         Fotocopia del D.N.I. del padre, madre o tutor.

3.  DOCUMENTACION VOLUNTARIA que será necesaria en caso de baremación por existir más solicitudes que plazas (se aconseja presentar):

-         Certificado de empadronamiento del alumno/a y de las personas con él o ella empadronados, en un único documento (puntúa residir en los municipios de

        Medio Cudeyo, Marina de Cudeyo, Ribamontán al Mar y Ribamontán al Monte), o bien

-         en caso de proximidad del Centro educativo al lugar de trabajo del padre o de la madre, se presentará copia del contrato laboral o certificado de la empresa.

        Si es autónomo, documentación oficial que lo acredite (por ejemplo, domicilio fiscal registrado en la Agencia Tributaria); igualmente, puntúa trabajar en los municipios

        de Medio Cudeyo, Marina de Cudeyo, Ribamontán al Mar y Ribamontán al Monte.

-         ALUMNOS QUE ACCEDEN A 1º DE BACHILLERATO: Deben presentar la certificación de la nota media conjunta de los cursos primero, segundo y tercero de

        Educación Secundaria Obligatoria.

   OTRAS SITUACIONES QUE OTORGAN PUNTOS EN EL BAREMO:

-         Si solicitan ser baremados por Renta (renta per cápita menor o igual a  4.500 € anuales en 2022)

1. En este caso, presentar los D.N.I.s de todos los miembros de la familia.

2.  Fotocopia del Título de Familia numerosa si procede.

3.  FIRMAR LA AUTORIZACION, Anexo III, que entregaremos en la Secretaría.

-         Existencia de hermanos matriculados en el Centro: Se hará constar en la solicitud.

 

-         Si el padre o la madre trabajan en el Centro que se solicite en segundo o posterior lugar, certificación del Centro donde trabaje.

 

-         Discapacidad: El alumno, su madre, padre, hermanos o representantes legales que tengan reconocida una discapacidad cuyo grado de minusvalía sea igual o superior al 33%,

       deben presentar el certificado o tarjeta de minusvalía.

 

-         Situación de Acogimiento familiar- Resolución administrativa o judicial.

 

 

ARTÍCULO ACTUALIZADO EL 29 DE FEBRERO DE 2024.


 

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